se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes 30 de noviembre de 1988, por ante la Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda según se evidencia en acta Nº 385, folio 385, tomo Nº 02, Año 1988, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa entidad.