En el día hábil de hoy ocho de diciembre de dos mil dieciséis, siendo las 10:30 am, oportunidad fijada por este tribunal para la prolongación de al audiencia preliminar, comparecieron a la misma por COMPAÑIA ANONIMA VENEZOLANA DE TELEVISION ELIZABETH VASQUEZ Y LISSETTE TREJO Inpreabogado 203.341 y 99.309 respectivamente, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Prolongación Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 157 ° y 206 °.
EL JUEZ
ABG. HENRY JESUS CASTRO SANCHEZ.
EL SECRETARIO
ABG. ANGEL RAFAEL PI.....