DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, intentada los ciudadanos, MIGUEL ANGEL MONTAÑO REYES y MIRIAM DEL CARMEN GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.345.322 y V-3.104.749, respectivamente, como consecuencia de ello, se declara: Disuelto el vinculo Matrimonial que los unió, contraídos por ellos, en fecha día 15 de abril de 1977, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de acta de Matrimonio distinguida con el Nº 63 y cursante a los folios 09, vto y 10 de la presente solicitud.
Notifíquese ante a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao .....