Por los razonamientos expuestos en la parte motiva del presente fallo, este JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, con fundamento en los aspectos jurídicos legales y constitucionales, del fondo de Comercio, la Sustitución del Patrono y el Fraude Laboral, respectivamente, establecidos en el Capítulo II, DECLARA: SIN LUGAR la oposición planteada en la presente incidencia, por la empresa "GRUPO INSTRUCONTROL, C.A.", sociedad mercantil de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 1º de noviembre de 2001, bajo el Nº 80, Tomo 205-A-Pro., y en consecuencia se ORDENA continuar la práctica del embargo ejecutivo decretado......