CUARTO
DISPOSITIVA
Por cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público 4 de Adolescentes, con efecto de nulidad de la decisión recurrida, solamente en lo que atañe al pronunciamiento segundo, referido a la medida de prisión preventiva impuesta al adolescente, para que otro juez de Control distinto, decida motivadamente, con entera libertad de criterio, lo que corresponda. Conservando el referido adolescente su condición de acusado y quedando vigentes las medidas cautelares que hubieren antes de la celebración de la audiencia preliminar, hasta tanto el Juez que conozca del presente caso, decida lo que corresponda. En consecuencia se ordena el egreso inmediato del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), del Internado Judicial Los Teques.