Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción Posesoria por Despojo a la Posesión Agraria intentada por el ciudadano HÉCTOR MORA en contra de los ciudadanos JOSÉ MIGUEL VALBUENA BARRERA Y NATIVIDAD NIEVES COLMENARES.
SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud de daños y perjuicios, formulada por la parte demandante.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior se ordena la restitución del lote de terreno despojado al querellante, ciudadano HÉCTOR MORA.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
QUINTO: Por cuanto el presente fallo es publicado dentro del lapso legal establecido para ello, se hace innecesaria la notificación de las partes.