Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 13 de junio de 2011, por la abogada OFELMINA LOZANO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 09 de junio de 2011, con motivo del juicio que por Solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoara el ciudadano JOSÉ GERARDO ARBELO MARTÍNEZ, en contra de la sociedad mercantil QUIROPEDIA BERKEPIES, C.A. SEGUNDO: Se exonera de costas a la parte actora de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley O.....