DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora en contra de la decisión dictada por el Juzgado 38° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, de fecha 11/11/2009. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada. TERCERO: Se ordena al juzgado 38° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, que juzgue sobre el mérito de la causa interpuesta por el ciudadano EDITZO DE LA CRUZ SUAREZ YANEZ, contra la sociedad civil EXPRESOS DEL LAGO COMPAÑÍA ANONIMA (EXPRESOS DEL LAGO., C.A.).. CUARTO: No hay condenatoria en costas.