se ordena remitir el presente expediente N° 10123, nomenclatura de este Órgano Jurisdiccional, a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que conozca del referido recurso, y dado que esta Superioridad no posee un Tribunal Superior común, corresponde el conocimiento de este asunto a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la sentencia dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, del 9 de diciembre de 2010, Expediente N° AA10-L-2009-000150 y AA10-L-2009-145, donde dicha Sala ha sostenido que las solicitudes de regulación de competencia, corresponden ser resueltas por el Tribunal Superior a aquel cuya competencia es cuestionada, en la respectiva circunscripción, tal y como lo establece el articulo 71 de la norma adjetiva civil. Líbrese oficio. Cúmplase.-