En fuerza de la anterior consideración este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE, por razón de las personas, para conocer del presente litigio.
En consecuencia, declina el conocimiento de este asunto a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a quien se le deberá remitir el presente expediente.