"...En mérito de las consideraciones precedentes, este TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda de Divorcio Contencioso incoada por la ciudadana ADRIANA DA QUINTAL MONTEIRO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad No. V-10.526.391, en contra del ciudadano GUILLERMO ENRIQUE PEREZ FERRO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-11.229.285, por no lograr demostrar las causales 2° y 3° del artículo 185 del Código Civil Venezolano.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR LA RECONVENCIÓN intentada por el ciudadano GUILLERMO ENRIQUE PEREZ FERRO, en contra de la ciudadana ADRIANA DA QUINTAL MONTEIRO, al demostrarse la causal 2° del artículo 185 del Código Civil.....