3.- Dispositiva.
En fuerza de las consideraciones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, (Sede Constitucional), administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE in limine litis la presente acción de amparo, interpuesta por la compañía PANADERIA Y PASTELERIA LA RIVAL C.A., contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 08.06.2007 en el juicio de desalojo seguido por los ciudadanos JUANA ALFONZO de RODRIGUEZ, EMELINA DOLORES RODRIGUEZ de ORIHUELA, HILDA RODRIGUEZ de ALFONZO, NANCY JUANA RODRIGUEZ de ALFONZO y PABLO ISIDORO RODRIGUEZ ALFONZO contra la accionante en amparo.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión, por cuanto la acción in.....