Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para tramitar y decidir la acción de nulidad intentada por los abogados LUIS ROJAS BECERRA y KUNIO HASUIKE SAKAMA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 10.038 y 72.979 respectivamente, apoderados judiciales de la sociedad mercantil PROCTER & GAMBLE INDUSTRIAL, S.A., en contra de la CERTIFICACIÓN Nº 0592-10, de fecha treinta (30) de septiembre de 2010, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (DIRESAT) del Estado Miranda, la cual fue notificada en fecha cuatro (4) de enero de 2011, por considerar competente a los Juzgados Superiores Laborales de la circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia:
PRIMERO: Se ORDENA remitir el presente expediente a la Oficina de Recepción de Documentos del Circuito La.....