En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 488-A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes declara: PERECIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano EBLIS JONATHAN ESCALONA PINTO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-15.507.882, asistido por la profesional del derecho DEXABET MARIAN ROSALES CALZADILLA, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 76.176, contra la decisión de fecha 24 de enero de 2011, dictada por el Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial d.....