Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: ÚNICO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del Recurso de Nulidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra el acto administrativo de fecha 24 de enero de 2011, contenida en la certificación medica N° 0027-11, expedida por la Dra. Haydee Rebolledo, en su carácter de medico ocupacional I, adscrita a la Dirección Estatal de Salud de los Trabajadores del Estado Miranda (DIRESAT) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), en consecuencia, se deja sin efecto lo establecido en el auto de fecha 27/10/2011, en cuanto a la tramitación del presente recurso.