Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha ocho (08) de abril del año dos mil trece (2013), por la abogada AMANDA S. de ARAUJO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 43.737, quien actúa en su carácter de apoderada judicial del ciudadano VICTOR ALFONZO CUESTA VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-6.265.460, contra el auto dictada en fecha 02/04/2013, dictado por la Juez del Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana.....