Congruente con los razonamientos expuestos, se impone para este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conceder el pase correspondiente otorgándole en este sentido fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de divorcio Nº 05-24941 FC 12, dictada por el Circuito Judicial Décimo Primero con asiento y Jurisdicción en el Condado de Miami-Dade, Florida, en fecha 9 de julio de 2014, en la cual se declaró disuelto el matrimonio civil que existía entre los ciudadanos MARIA MICHELA GIOVANNA ZARRILLO DE BUROZ y REYNALDO BUROZ HENRÍQUEZ, celebrado el día 4 de noviembre de 1989, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 10.337.107 y 6.821.757, respectivamente.
III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho ya expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judi.....