En consecuencia, queda debidamente acreditado en autos que el penado RIVERO URBINA JOSEPH ARMANDO, falleció en fecha 18 de marzo de 2006; es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL POR MUERTE DEL REO, conforme lo dispuesto en el articulo 103 del Código Penal.