Por los razonamientos anteriormente expuestos, Tribunal Mixto Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PENALMENTE RESPONSABLE a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), titular de la cédula de identidad Nº V-(IDENTIDAD OMITIDA), residenciado en (IDENTIDAD OMITIDA), y (IDENTIDAD OMITIDA), titular de la cédula de identidad Nº V-(IDENTIDAD OMITIDA), (IDENTIDAD OMITIDA), y en consecuencia, impone la sanción de UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA, y UN (01) AÑO DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA a los ciudadanos (IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo establecido en el artículo 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, todo, concatenado con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remis.....