Observándose de la normas antes citadas, que aparte de incluir a los puestos de estacionamientos como áreas comunes de un edificio sometido a propiedad horizontal, también establece que se debe asignar, por lo menos un puesto de estacionamiento a cada uno de los apartamentos o locales, caso en el cual el puesto asignado a un apartamento o local no podrá ser enajenado ni gravado sino conjuntamente con el respectivo apartamento o local, que los puestos de estacionamiento que no se encuentren en la situación antes indicada, podrán enajenarse o gravarse, preferentemente a favor de los propietarios, y, sin el voto favorable del setenta y cinco por ciento (75%) de ellos, no podrán ser enajenados o gravados a favor de quienes no sean propietarios de apartamento o locales del edificio, que en todo caso siempre deberán ser utilizados como puestos de estacionamiento, así mismo se establece, que cada propietario podrá servirse de las cosas comunes según su destino ordinario y sin perjuicio .....