Este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los trabajadores y las Trabajadoras, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo se ordena la entrega de los escritos de pruebas consignado en la Audiencia Preliminar. El tribunal deja constancia de la devolución de los elementos de pruebas a las partes. En relación con la copia certificada, el tribunal acuerda en conformidad, por ende, se ordena expedir por secretaria copia certificada de la presente transacción. En consecuencia devuélvanse los escritos de pruebas con sus anexos consignados en la oportunidad de la iniciación d.....