Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos del acto remoción y retiro suscrito por la Presidenta del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas el cual le fue notificado mediante boleta de fecha 17 de abril de 2012, en consecuencia: