En consecuencia este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con las normas de los Artículos 1713 y 1718 del Código Civil, 255, 256, 261 del Código de Procedimiento Civil, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia y por aplicación extensiva del Artículo 133 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo; declara HOMOLOGADA la transacción celebrada por las partes, y otorgándole el carácter de COSA JUZGADA. Asimismo se deja constancia que una vez conste en autos el pago realizado al ciudadano LUIS ANTONIO HERRERA VILLEGAS, por parte del demandado, este Juzgado dará por terminada la presente causa y el procedimiento ordenando su archivo definitivo así como el cierre físico e informático del expediente de la presente causa asimismo una vez conste en los autos d.....