ordena practicar la notificación de la ciudadana CLODY COROMOTO VILLARROEL de ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.001.886, Y/O en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales ciudadanos CARLOS DE JESÙS CABEZA, JULIO CÉSAR SÁCHEZ Y LEANDRO DE FREITAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51.847, 90.735 y 139.774 respectivamente, parte demandada en el presente juicio, la cual se verificará mediante boleta librada por el Juez y dejada por el Alguacil del tribunal en el domicilio procesal, una vez conste en autos la última de las notificaciones realizadas a las partes, se procederá a fijar por auto expreso la oportunidad para que tenga lugar la celebración de la audiencia oral prevista en el artículo 123 de la ley para la regularización y control de los arrendamientos de vivienda.