PRIMERO: Se desestima la solicitud fiscal en relación a colocar a la orden de la Unidad de Atención de Victima especiales de la Investigación de Homicidios a la adolescente en virtud de lo manifestado por la defensa en la presente audiencia , en tal sentido se acuerda la entrega de la adolescente NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA a su madre una vez comparezca a la sede de este Juzgado ya que de actas se desprende que la misma aparece como extraviada SEGUNDO: No obstante la declaración de nulidad de la Acta de aprehensión y visto que existen elementos que pueden constituir base para una investigación Fiscal, se acuerda que la presente causa se continúe por el procedimiento de la vía ordinaria de acuerdo a lo establecido en ultimo aparte del Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Artículo 283 Ejusdem, los cuales se aplican por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y.....