PRIMERO: Se decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre los siguientes inmuebles:
1.Dos locales para oficinas de la exclusiva propiedad de Inversiones Inmobiliarias Latimer C.A. sociedad mercantil domiciliada en Caracas, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 15 de Julio de 1987 bajo el Nro. 40, Tomo 20 A-Pro, que forman parte del CENTRO FINANCIERO LATINO, que se encuentra ubicado en la Avenida Urdaneta, entre esquinas de Animas y Plaza López, jurisdicción de la Parroquia Candelaria Departamento Libertador del Distrito Federal, construido sobre un lote de terreno resultante de la integración de seis parcelas, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones generales y particulares constan en el Documento de Condominio protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador el 3 de agosto de 1982 bajo el Nro. 43, Tomo 17 Protocolo Primero. Los Locales se enc.....