PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Calificación de Despido incoada por ANA MARIA ABREU DE SAN MIGUEL y MARIA CECILIA DA COSTA MAIA contra el MINISTERIO DE LA SECRETARIA DE LA PRESIDENCIA.- SEGUNDO: En consecuencia, se condena a la parte demandada a: Reenganchar a las actoras en el cargo de MEDICO que venían desempeñando, en las mismas condiciones que prestaba el servicio, esto es en el mismo horario y en el mismo sitio, y al pago del salario mensual de 750.000 bolívares el cual era devengado por las actoras antes de su despido.- Asimismo, se condena al pago de los salarios caídos desde el 08-07-2005, hasta la efectiva reincorporación de las trabajadoras en su puesto de trabajo a razón de 750.000 bolívares por mes.-TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de las prerrogativas de las que goza la República.- CUARTO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República.-