"...En cumplimiento de su misión hace Entrega Material a la Parte Actora, en la persona de su Apoderado Judicial; del inmueble identificado con los Nros 69 y 70; situado en la Calle Real de los Flores de Catia, Parroquia Sucre del Departamento Libertador, Distrito Federal, (Hoy Municipio Libertador del Distrito Capital); quien lo recibe conforme con las llaves de sus puertas principales.- En éste estado el Apoderado Actor, expone: “Me reservo el derecho de señalar bienes para su embargo en otra oportunidad, por lo cual solicito de este Juzgado, se abstenga de practicar la medida de Embargo Ejecutivo y devuelva la comisión con sus resultas al comitente..."