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Decisiones del dia 09/11/2006 |
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N° Expediente :
06-1333
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N° Sentencia :
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Fecha: 09/11/2006 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: MÁXIMO MIGUEL SÁNCHEZ GÓMEZ VS. MINISTERIO DE INDUSTRIAS LIGERAS Y COMERCIO |
Resumen:
declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la ciudadana MÁXIMO MIGUEL SÁNCHEZ GÓMEZ, portador de la cédula de identidad Nro. 2.144.215, representado por los abogados ELY CALDERON BENITO, EMMA J. BENITO y JORGE LUIS PULIDO LEAL, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 86.899, 47.590 y 107.170, respectivamente, contra el acto administrativo de remoción contenido en el oficio N° MILCO-SIEX-OSA-427-05 de fecha 8 de septiembre de 2005, suscrito por el Director de la Oficina de Soporte Administrativo de la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX), del Ministerio de Industrias Ligeras y Comercio (MILCO), ciudadano José Antonio Hurtado Pérez.
En consecuencia, se anula el mencionado acto administrativo y se ordena a la Superintendencia de Inversiones Extranjeras reincorporar al actor en la nómina de dicho organismo, proceder al pago de los sueldos dejados de percibir por vía indemnizatoria, desde la fecha de su remoción hasta su total .....
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Juez/Ponente:
Jose Silva
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Organo:
Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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N° Expediente :
005187
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N° Sentencia :
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Fecha: 09/11/2006 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: TIBISAY MARAGARITA PLAZ SILVA VS. MINISTERIO DEL TRABAJO |
Resumen:
Por Las razones antes expuestas este Tribunal Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados ACACIO M. TERAN y JOSE VALERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 49.300 y 58.328, apoderados judiciales de la ciudadana TIBISAY MARAGARITA PLAZ SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.060.184 contra el Ministerio del Trabajo.
En consecuencia, se ordena al Ministerio del Trabajo, pagar a la ciudadana Tibisay Margarita Plaz Silva, el denominado bono de inspección desde el 1° de septiembre de 2005 con independencia de encontrarse de reposo médico, la fracción del bono vacacional 2005 y la diferencia del aguinaldo 2005, calculados en la forma que quedó establecida en el texto de la presente decisión.
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Juez/Ponente:
Emerita Avendaño
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Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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N° Expediente :
04-7557
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N° Sentencia :
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Fecha: 09/11/2006 |
Procedimiento: Perencion De Instancia |
Partes: BANCO DE VENEZUELA S.A., BANCO UNIVERSAL VS. ELYBETH COROMOTO SOSA CENTENO |
Resumen:
Ahora bien, siendo que en este caso no se ha producido inactividad del Juez luego de vista la causa y toda vez que los hechos sucedidos en este proceso guardan perfecta relación de identidad respecto del supuesto de hecho abstractamente consagrado en la norma anteriormente transcrita, necesariamente debe producirse la consecuencia jurídica establecida en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, es decir, debe concluirse que en este juicio ha operado la perención de la instancia, y así se declara expresamente. Es menester destacar que por disposición del artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, el instituto procesal de la perención de la instancia es declarable aún de oficio. En efecto, textualmente establece la indicada norma adjetiva:
"Artículo 269.- La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio, por el Tribunal y la sentencia que la declare, en cualquiera de los casos del Artículo 267, es apelable libremente."
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Juez/Ponente:
Luis Rodolfo Herrera
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Organo:
Juzgado Segundo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
03-6915
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N° Sentencia :
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Fecha: 09/11/2006 |
Procedimiento: Perencion De Instancia |
Partes: VICENTE ROSA MUÑOZ VS. EDITORIAL LA MOSCA ANALFABETA, C.A. |
Resumen:
Ahora bien, siendo que en este caso no se ha producido inactividad del Juez luego de vista la causa y toda vez que los hechos sucedidos en este proceso guarden perfecta relación de identidad respecto del supuesto de hecho abstractamente consagrado en la norma anteriormente transcrita, necesariamente debe producirse la consecuencia jurídica establecida en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, es decir, debe concluirse que en este juicio ha operado la perención de la instancia, y así se declara expresamente. Es menester destacar que por disposición del artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, el Instituto Procesal de la perención de la instancia es declarable aún de oficio. En efecto, textualmente establece la indicada norma adjetiva:
"Artículo 269.- La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. Puede declarase de oficio, por el Tribunal y la sentencia que la declare, en cualquiera de los casos del artículo 267, es apelable libremente."
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Juez/Ponente:
Luis Rodolfo Herrera
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Organo:
Juzgado Segundo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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