Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: ÚNICO: SIN LUGAR el presente recurso de apelación ejercido contra la decisión dictada en fecha 28/09/2009 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, todo en el juicio de amparo incoado por la C.A., Unidad Medica Razetti Ala Este, "UNIMER", contra el Sindicato Bolivariano de Trabajadores de la Clínica Luís Razetti (SIRBOTRACLIR. MBL-DC). No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.