En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio incoada por los ciudadanos KENDALL GREGORIO OVALLES DE FREITAS y LAYRET CARMEN AGUILAR PIRELA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-17.427.240 y V-14.644.959, respectivamente, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 26 de diciembre de 2013, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador, del Distrito Capital, según consta en Acta Nº 307, correspondiente al año 2013.
Regístrese, publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en la Ciudad de Caracas, a los nueve (09) días del mes de noviembre de dos mil veintiuno (2021).....