Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve:
1º Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa número Nº 243/2009, de fecha once (11) de mayo de 2009, emanado de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR, los abogados HUMBERTO GAMBOA, YENY KASBAR, LORENA LEMOS, MARIA JOSE BALOR y LUBELYS RIVERO inscritos en el Inpreabogado bajo los números 45.806, 120.778, 92.666, 119.178 y 108.675, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil ITALCAMBIO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 09 de septiembre de 1966, bajo el número 26, Tomo 49-A con posteriores modificaciones, siendo.....