DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente recurso de apelación en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto el 15 de noviembre de 2014, por los abogados, CARLOS ISAÍAS APONTE GONZALEZ inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº81.875, en su condición de defensor privado de los ciudadanos JOSÉ LUIS MOLINA ZAVALA, CARLOS EDUARDO MIJARES TELLO, ERNESTO RAFAEL GAMERO CASTRO y JOSE LUIS MOLINA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-22.896.338, V-17.443.935, V-22.896.336 y V-10.701.083 respectivamente, quien recurre en contra de la decisión dictada el 08 de septiembre de 2014, al término de la audiencia preliminar mediante la cual presuntamente admitió unas pruebas ilegales, referidas a: "...va.....