"(...) Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la accion intentada por el ciudadano CLENOLTH ARQUIMEDEZ CABELLO RIVAS: contra la Entidad de Trabajo CHM CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES, C.A., por concepto de cobro de prestaciones sociales, condenándose a ésta última, al pago de la cantidad de DOSCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS TRECE BOLIVARES CON 26 CENTIMOS (Bs. 203.213,26), por los conceptos que fueron determinados en el cuerpo de la presente decisión; más lo que resulte por los conceptos de intereses de mora e indexacción o corrección monetaria (...)"