Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual el Tribunal se declaró incompetente para conocer del presente procedimiento en razón del territorio, y en consecuencia declinó su conocimiento en un Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, todo con motivo de la solicitud de Oferta Real que fuere presentada por la oferente sociedad de comercio Vas Caracas, S.A.