DECLARA: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano la demanda intentada por el ciudadano REINALDO ALIRIO DIAZ AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad de este domicilio titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.887.158 en contra REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD. En consecuencia se ordena a la parte demandada:
PRIMERO: Reenganchar la ciudadana REINALDO ALIRIO DIAZ AVENDAÑO, a su puesto de trabajo en las mismas condiciones en que se encontraba para el momento en que fue despedido.
SEGUNDO: Cancelar los Salarios caídos los cuales se determinaran a través de una experticia complementaria del fallo a tal efecto se designara un experto contable, cuyos gastos serán sufragados por ambas partes, desde la fecha de la notificación de la parte demandada (09 de febrero del año 2007) hasta la fecha de la efectiva reincorporación del trabajador a sus labores habituales, excluyendo los días de paralización no imputables a las partes. Los .....