considerando que el mismo, aparentemente no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, ordena admitirlo de acuerdo al procedimiento monitorio de intimación, establecido en los artículos 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, intímese a las sociedades mercantiles INK EXPRESS, C.A., de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 27 de Enero de 2006, bajo el Nº 41, Tomo 6-A Cto., en la persona de su Director General el ciudadano Manuel Antonio Medina Mora, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-5.533.233, e INVERSIONES BC 360 C.A., domiciliada en Caracas, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 18 de Julio de 2003, bajo el Nº 17, Tomo 45-A Cto, ,con ultima modificación Estatutaria inscrita en la Of.....