DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta SALA DOS DE LA CORTE DE APELACIONES DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por las Abogadas GRISEL DEL CARMEN OROPEZA MORALES y ESPERANZA MACHADO M., Defensoras Públicas Penales Nonagésima Cuarta y Nonagésima Primera del Área Metropolitana de Caracas, respectivamente, en su carácter de defensoras de los imputados JOSÉ ANTONIO GUERRERO QUEVEDO, WILFREDO ALEXANDER SUBERO MEJIAS, DOUGLAS JESUS GUILARTE PINEDA, YORVIS RAFAEL MANOTAS PADRON y PEREZ RAMON, en contra de la decisión dictada en la audiencia de presentación de fecha 08/11/2010, por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó para los referidos imputados la Medida de Privación Judicial de L.....