Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 14 de noviembre de 2013 por la abogado BELKIS LÓPEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 31 de octubre de 2013 por el Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos por auto de fecha 20 de noviembre de 2013, con motivo de la incidencia por impugnación de experticia complementaria del fallo en el juicio incoado por los ciudadanos AGUSTÍN ZAMBRANO PINEDA, EDINSON JOSÉ SANCHEZ RONDÓN, FELIPE PINEDA PORRAS.....