PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta, en fecha 21 de Noviembre de 2007 por la abogada IRMA COVA en su carácter de apoderado de la parte actora, ciudadana DOLORES DEL CARMEN BELLO ROMERO, contra la decisión dictada en fecha 16 de Noviembre de 2007, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se niega la medida de secuestro solicitada
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo dictada en fecha 16 de Noviembre de 2007, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Juzgado Superior.
Remítase el presente expediente en su oportunidad Legal al Tribunal de origen.