Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con Sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
1-.PRIMERO: SE ORDENA NOTIFICAR a la parte demandante en el presente juicio, Inversiones Liana, C.A., Restaurant El Rincón del Bucanero, S.R.L, Corporación 513, C.A.,y otros, bien sea en su domicilio procesal o por cartel en caso de no haberlo indicado de conformidad con el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil y el párrafo segundo del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para que expongan en un plazo máximo de treinta (30) días continuos desde su notificación, si conservan el interés para la continuación de este proceso.-
2-.SEGUNDO: Este Tribunal Superior deja expresa constancia que si no se produce respuesta dentro del plazo que fue fijado, se considerará extinguida de.....