Se dictó sentencia interlocutoria mediante el cual, este Juzgado homologó la transacción efectuada por Sociedad Mercantil ALUMINIO PIANMECA S.A. (PIANMECA), a través de su apoderado judicial abogado Ricardo Rafael Meléndez Mora y la Sociedad anónima ALUMI CONSULT S.A., representada por el abogado Antonio Oxford. En virtud de ello, la transacción realizada procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 255 del Código Civil Adjetivo.