DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la Constitución de Hogar, interpuesta por los ciudadanos ALIRIO RAMON NAIME y MARIELA MENDOZA DE NAIME, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nros V- 2.060.029 y V-4.266.416, respectivamente, el primero actuando en su propio nombre y en representación de la ciudadana Mariela Mendoza de Naime, antes identificada, para su beneficio, así se decide;
SEGUNDO: Se declara CONSTITUIDO EN HOGAR un apartamento que forma parte de su comunidad conyugal identificado con la letra y número "B" raya ochenta y uno (B-81), el cual forma parte de la Torre "B" del Edificio Residencias Loma Redonda, parcela 5, situado .....