II
Dispositivo
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: IMPROCEDENTE LA IMPUGNACION DE LA ACTUALIZACION DE LA EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Juzgado Vigésimo cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los diez (10) días del mes de marzo de dos mil veintidós (2022). Años: 211° y 163°
EL JUEZ
Abg. MARIO LUIS MONTALVAN HERRERA
LA SECRETARIA
Abg. LILIBETH GARCIA
NOTA: En la misma fecha y previo el cumplimiento de las formalidades legales, se dictó, publicó y diarizó la an.....