n base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano WILFREDO REINALDO BLANCO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 14.644.730 contra FRIGORIFICO INDUSTRIAL LOS ANDES, C.A. (FILACA). SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.