Sobre la base de los razonamientos de hecho y de Derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en el Artículo 194 del Código Civil, vista la manifestación de los cónyuges NELSON BRAYAN RODRIGUEZ MONTILLA y ALLINSON ZOMALI GARCIA RUIZ, de haberse reconciliado, procede a dejar sin efecto el decreto de separación de cuerpos y bienes dictado en fecha 17 de junio de 2013, declara terminado el procedimiento, y ordena el archivo del expediente; así se establece.-