Este Tribunal admitio libelo de la demanda presentados por la ciudadana FABIOLA NAZARETT A. abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 64.546, actuando en su carácter de apoderada del ciudadano PEDRO ALEJANDRO CHACON SAYAS mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº-V 5.224.918, contra la ciudadana NANCY COROMOTO PIÑERO GUDIÑO por cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni alguna disposición expresa en la ley, de conformidad con el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con los artículos 341, 755 y 756 del Código de Procedimiento Civil.