Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, admite el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos NORIS OJEDA ALVINS y RICARDO LEZAMA, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 122.477 y 164.867 respectivamente, en su carácter de defensores de los ciudadanos VANESA NERELY UGUETO GRATEROL, CARLOS DAVID PEREZ DURANT, DONATUS NCHEKWUBECHUKWU ORAKA, DOMINIC CHUKWUDOZIE NNAEBUE y LESVIN NAZIRE DELGADO CASTRO titulares de las cédulas de identidad números V- 13.375.459, V- 9.131.207, E- 83.909.417, E- 84.478.340 V- 13.170.372, en ese orden, contra la decisión dictada el 1 de marzo de 2016, por el Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante .....