este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, incoara el Instituto Bancario BANCRECER S.A., BANCO MICROFINANCIERO, contra la Sociedad Mercantil ROCALICOR 2002 C.A. y la ciudadana SANDDY BELL MARQUEZ, declara: PRIMERO: Se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 07 de julio de 2015 por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas., que recayó sobre:
""Un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el número y letra 2F, que forma parte del edificio LAGUNAK, ubicado en Carenero Calle Principal y Calle La Iglesia, Municipio Brión y Buróz del Estado Miranda, el 14 de marzo de 1986, bajo el No. 47, Tomo 01, Protocolo Primero. SEGUNDO: Se ordena librar oficio al Registrador Público de los Municipios Brión y Buróz del Estado Mi.....