DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 185 del Código Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos ROSA ELVIRA VERA DE CASTRO y WILLIAM JOSE CASTRO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cedula de identidad Nos. V- 11.107.838 y V-9.464.978, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos ROSA ELVIRA VERA DE CASTRO y WILLIAM JOSE CASTRO, en fecha 30 de diciembre de 1995, ante la Prefectura del Municipio Junín Estado.....